Ayudas Injuve para la Creación Joven 2024/2025
Se convocan las Ayudas Injuve para la Creación Joven, año 2024-2025 recogidas en el BOE del 17 de abril de 2024, extracto de la Resolución de la Dirección General del Instituto de la Juventud.
Estas ayudas se dirigen a personas jóvenes creadoras de hasta 30 años (hasta 35 años para los proyectos de emprendimiento) para realizar proyectos de investigación, producción, movilidad, emprendimiento y comisariado de la Sala Amadís (sala de exposiciones propia del Injuve) en los ámbitos de las artes escénicas, las artes visuales, el cómic y la ilustración, el diseño, la literatura y la música durante el año 2025.
¿Qué personas pueden beneficiarse de estas ayudas?
Se pueden beneficiar de estas ayudas las personas físicas y jurídicas, de nacionalidad española, y todas aquellas con residencia legal en España, que tengan entre 18 y 30 o 35 años de edad, según sea el objeto de la ayuda.
En los casos de proyectos en los que participe más de una persona es obligatorio que el requisito de edad lo cumplan tanto las personas beneficiarias como todas las colaboradoras en el mismo. (únicamente podrá exceptuarse este requisito cuando por exigencia del texto teatral se requiera).
Para los proyectos presentados por personas jurídicas, el requisito de edad se exigirá a todas las personas físicas que figuren como representantes en sus órganos directivos en el año de esta convocatoria.
Finalidad
Su objetivo es favorecer el trabajo de jóvenes creadoras/es, con la finalidad de:
1. fomentar la actividad creadora,
2. facilitar su promoción y la difusión de su obra,
3. propiciar su incorporación al ámbito profesional, mediante la ayuda a proyectos a desarrollar durante el año 2025 en los ámbitos siguientes: artes escénicas, visuales, cómic e ilustración, diseño, así como literatura y música.
Líneas de actuación
Los proyectos deben tener proyección suprautonómica, nacional o internacional a través de las siguientes líneas de actuación:
- Investigación: estudio, desarrollo, o experimentación teórica o práctica en los ámbitos anteriores (de 18 a 30 años), hasta 3.000 €.
- Producción de obra: realización de proyectos artísticos con libertad de formato y técnica (de 18 a 30 años), hasta 5.000 €.
- Movilidad de obra producida y/o creadoras/es: circulación de creadoras/es o su obra para participar en exposiciones, festivales, giras, o residencias en los ámbitos nacional o internacional (de 18 a 30 años), hasta 5.000 €.
- Comisariado de la Sala Amadís: la Sala Amadís es un espacio dedicado a la exposición en el Injuve y la ayuda se dirige tanto a proyectos expositivos como a la programación de iniciativas de creación en cualquiera de los ámbitos de la convocatoria (de 18 a 30 años), hasta 7.000 €. Las especificaciones técnicas de la sala están disponibles en la web del Injuve: www.injuve.es
- Emprendimiento para la creación emergente: iniciativas de emprendimiento cultural que se inicien o que estén en desarrollo y necesiten un impulso (de 18 a 35 años), hasta 10.000 €.
Presentación de solicitudes
La solicitud se puede presentar por una de estas vías:
- A través de la sede electrónica con tu DNI digital o CERTIFICADO DIGITAL. Es obligatorio firmar la solicitud para lo que es necesario disponer del programa de AUTOFIRMA instalado en el dispositivo.
- A través de oficinas de registro. Ten en cuenta que para presentar la solicitud en la oficina de registro del Injuve es necesario solicitar cita previa a través del teléfono 917827663 o por correo electrónico: registrogeneral@injuve.es
- A través de cualquiera de los otros medios especificados en la el artículo 5.2 de la Resolución de esta Convocatoria.
Las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y las personas físicas que estén incluidas en las circunstancias indicadas en el art. 14.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre están obligadas a presentar la solicitud a través de medios electrónicos, es decir, en la sede electrónica.
Plazo de presentación de solicitudes
Veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE. (Del 18 de abril al 20 de mayo de 2024).
Puedes consultar el texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Más información en
https://www.injuve.es/creacionjoven/noticia/ayudas-injuve-para-la-creacion-joven-2024-2025
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