Publicación del Real Decreto 438/2024, de 30 de abril

El pasado 01 de mayo de 2024 se publicó en el BOE el Real Decreto 438/2024, de 30 de abril, por el que se desarrollan la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo (SNE) y los servicios garantizados establecidos en la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.

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Este RD tiene por objeto desarrollar la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo, en el que se recogen los servicios garantizados previstos en la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, y los demás que pudieran presentarse en todo el territorio del Estado y por todos los servicios públicos de empleo.

 

La Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo (SNE) establece los servicios mínimos que deben prestar todos los Servicios Públicos de Empleo a las personas demandantes

Enlace BOE

Los servicios garantizados que se establecen son los siguientes:

1. Orientación para el empleo personalizada, integral e inclusiva

Durante este servicio se elabora un perfil individualizado de la persona demandante de servicios de empleo mediante el diagnóstico de su situación de partida. A continuación, se prestarán un servicio de tutorización individual, asesoramiento continuado y atención personalizada, presencial y no presencial, durante las transiciones laborales. Posteriormente, los servicios públicos de empleo diseñaran un itinerario o plan personalizado adecuado al perfil de la persona demandante de los servicios de empleo, cuyo objetivo es el desarrollo planificado de las acciones a emprender y servicios a recibir que, en función del diagnóstico inicial, conducen a la consecución de los objetivos profesionales.

2. Intermediación, colocación y asesoramiento a empresas

Comprenderán los siguientes servicios:

 - Gestión de las ofertas de empleo

 - Información y asesoramiento a la contratación y las medidas de apoyo a la misma.

 - Prospección y captación de ofertas de empleo.

 - Identificación de las necesidades de las empresas.

 - Información y apoyo sobre procesos de comunicación de las contrataciones.

 - Apoyo en los procesos de recolocación.

 - Información y asesoramiento sobre difusión de ofertas en el ámbito de la Unión Europea a través de Red EURES.

3. Formación en el trabajo

Los servicios de formación en el trabajo tienen como finalidad promover la adquisición efectiva o mejorar las competencias de las personas demandante de empleo y su empleabilidad, adaptándose a los requerimientos del mercado laboral.

4. Asesoramiento para el autoempleo, emprendimiento viable y la dinamización del desarrollo económico local

Incluirán servicios como el asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento, fomento de la economía social (mediante la difusión y apoyo a la constitución de cooperativas, sociedades laborales, entre otras.), dinamización del desarrollo económico social, asesoramiento sobre ayudas a las iniciativas emprendedoras y de autoempleo e incentivos y medidas disponibles para el fomento de la contratación.

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